En este post veremos a quién aplica el estímulo del 8% de IVA en la frontera de México y cuales son las consideraciones que se deben de tener para poder aplicar.
8% de IVA en la frontera de México
Comenzaremos por decir que este estímulo aplica tanto para personas físicas como para personas morales en la franja fronteriza norte.
Las actividades que están incluidas son:
- Enajenación de bienes
- Prestación de servicios
- Otorgamiento de uso o goce temporal de bienes
Las actividades que están excluidas son:
- Enajenación de bienes inmuebles
- Enajenación de bienes intangibles
- Suministro de contenidos digitales
- Incorporación Fiscal
- Actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas
- Actividades a través de fideicomisos
- Fideicomisos dedicados a la adquisición o construcción de inmuebles
- Coordinados
- Régimen para grupos de sociedades
- Honorarios
Requisitos para 8% de IVA en la frontera de México
- No contar con créditos fiscales.
- Que tu RFC no se encuentre como «no localizado».
- No haber sido condenado por un delito fiscal.
- No estar publicado en la lista de contribuyentes que emiten comprobantes sin contar con activos, personal, infraestructura o capacidad material. Que los accionistas en caso de persona moral tampoco se encuentren en dicha lista.
- El decreto es una facilidad, lo que implica que para poder facturar al 8% de IVA en la frontera de México, tendrás que presentar ante el SAT el aviso de aplicación del estímulo.
- Así que se debe presentar el aviso de aplicación del estímulo fiscal, a mas tardar el 7 de Febrero del 2019. Además en el supuesto de iniciar actividades con posteridad, deberás realizar el aviso conjuntamente con la solicitud de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes
- Los productos o servicios a facturar se encuentren dentro de los autorizados para el estímulo de la franja fronteriza norte.
- Que tu código postal se encuentre dentro de los autorizados para el estímulo de la franja fronteriza norte.
Actualización de catálogos para IVA en la frontera de México
Es importante mencionar que el SAT actualizó varios catálogos para poder delimitar los contribuyentes que tengan a acceso a éste estímulo.
Los catálogos que se actualizaron son:
- c_ClaveProdServ
- c_CodigoPostal_Parte_1
- c_CodigoPostal_Parte_2
En los tres casos se agregó una columna llamada «Estímulo Franja Fronteriza».
Así que para poder tener acceso a este estímulo es necesario que los productos o servicios a los cuales se les va a asignar el IVA del 8% estén marcados con 1 en esa columna.
Además es necesario que el código postal del lugar de expedición también tenga 1 en dicha columna. Por último pero el más importante es realizar el aviso de aplicación del estímulo fiscal.
También el SAT generó un candado adicional en la «LCO» (lista de contribuyentes obligados). En esta lista aparecen los contribuyentes que pueden aplicar este estímulo una vez que hayan dado aviso al SAT. Eso quiere decir que aún y cuando cumplas con el código postal y tus productos o servicios estén dentro de los incluidos para el estímulo, si aún no te han «activado» en la lista del LCO el PAC no te permitirá timbrar el documento (factura).
ISR en para la franja fronteriza norte
Consiste en pagar únicamente las dos terceras partes del impuesto causado en el ejercicio o en los pagos provisionales.
¿Quién puede aplicar el estímulo fiscal del ISR?
- Personas físicas del régimen Empresarial y Profesional, excluyendo la prestación de servicios de manera independiente y subcontratación de personal.
- Personas morales del régimen general , excluyendo a las entidades financieras y actividad de subcontratación de personal.
- Que los ingresos provengan principalmente en la región fronteriza norte o al menos el 90%
- No gocen de ningún otro estímulo fiscal.
Requisitos para el ISR en la franja fronteriza norte
- Presentar el aviso de inscripción al padrón de beneficiarios del estímulo a mas tardar el 31 de marzo del 2019.
- Acreditar que cuentan con por lo menos 18 meses con domicilio fiscal en la región fronteriza norte.
- En caso de tener menos de 18 meses en el domicilio, deberás acreditar que cuentas con la capacidad económica, activos e instalaciones para operar y que utilizas bienes nuevos de activo fijo.
- Contar con Firma Electrónica Avanzada y Buzón Tributario activo.
- Contar con opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales positiva.
- Colaborar con el programa «Verificación en tiempo real».
- No haber sido condenado por un delito fiscal
- No estar publicado en la lista de contribuyentes que emiten comprobantes sin contar con activos, personal, infraestructura o capacidad material. Que los accionistas en caso de persona moral tampoco se encuentren en dicha lista.
- No contar con créditos fiscales.
Estados y municipios para IVA en la frontera de México
Los estados de la república que tienen acceso al estímulo fiscal son:
- Baja California (Ensenada, Playa de Rosario, Tijuana, Mexicali)
- Sonora (San Luis Rio Colorado, Puerto Peñasco, General Plutarco Elías Calles, Caborca, Altar, Sáric, Nogales, Santa Cruz, Cananea, Naco, Agua Prieta)
- Chihuahua (Janos, Ascensión, Juárez, Praxedis G. Guerrero, Guadalupe, Coyamel del Sotol, Ojinaga, Manuel Benavides)
- Coahuila (Ocampo, Acuña, Zaragoza, Jiménez, Piedras negras, Nava, Guerrero, Hidalgo)
- Nuevo León (Anáhuac)
- Tamaulipas (Nuevo Laredo, Guerrero, Mier, Miguel Alemán, Camargo, Gustavo Díaz Ordaz, Reynosa, Rio Bravo, Valle Hermoso, Matamoros)
¿Cómo generar un CFDI con productos servicios con el 8% de IVA en la frontera?
Como te comentaba con anterioridad, es importante dar el aviso al SAT de la aplicación del estímulo. De otra forma no podrás generar tu comprobante.
Si aún no has generado tu primer CFDI te sugiero leas el siguiente post https://clientes.koatlfacturas.com/pasos-para-emitir-un-cfdi-3-3/
Ahí te explico como crear tu primer CFDI. Desde entrar a KoatlFacturas hasta enviar tu comprobante por correo y descargarlo para almacenarlo en tu computadora.
En este momento ya sabes como crear tu CFDI en Koatl Facturas. Y conoces los requisitos para poder ocupar este estímulo.
En esta parte vamos a enfocarnos en 2 cosas:
- El código postal de expedición. Valida que tu Código Postal esté en alguna de las ciudades mencionadas arriba. Si tu tienda matriz está fuera, pero tienes una sucursal en la franja fronteriza norte asegúrate de seleccionarla, de otro modo no se abrirá la opción de 8% de IVA. Usa las flechas para moverte entre sucursales.
- El código SAT para tu producto o servicio. Ya sea que agregues tu partida manual o desde el apartado de conceptos, es necesario que te asegures que el código esté dentro de los permitidos para aplicar el 8% de IVA en la frontera.
- En Koatl Facturas te aparecerá de manera inmediata la opción de 8% si es que tu Código Postal es correcto y tu producto es correcto.
Continua agregando más productos a tu CFDI, selecciona la forma, el método y las condiciones de pago, por último verifica que tus totales sean correctos.
Conclusión
Por lo tanto, para poder emitir CFDI con 8% de IVA en la frontera de México, deberás de
- Cumplir con todos los requisitos (explicados arriba)
- Asegurarte que tus productos o servicios se encuentren dentro de los autorizados
- Asegurarte que tu código postal se encuentre dentro de los estados y municipios de la franja fronteriza norte
- Presentar el aviso de aplicación del estímulo fiscal
- Esperar que el SAT acepte tu aplicación al estímulo fiscal del 8% de IVA en la frontera
- Emitir tus CFDIs usando el 8%
Finalmente para emitir un CFDI con productos con 8% de IVA:
- Sigue el manual de como generar un CFDI
- Verifica que tengas la sucursal correcta (que esté en la franja fronteriza norte) e indica el uso que tu cliente le dará al CFDI,
- Agrega las partidas de tus productos y/o servicios (verifica que estén autorizados), selecciona la forma, el método y las condiciones de pago y listo.
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Fuentes de información:
- SAT – Estímulos fiscales para la región fronteriza norte
- DOF 31/12/2018 – Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte